martes, 10 de noviembre de 2015

MARKTEL VALENCIA: LOS TRIBUNALES EMPIEZAN A PRONUCIARSE

EL 11 de noviembre se celebra en valencia el primero de los juicios por las recientes agresiones a los trabajadores y la represión sindical que se viene produciendo en esta empresa.

Escritos de CCOO y UGT
   Escrito-CCOO.pdf
   Escrito-UGT.pdf


CGT recuerda que el Grupo Marktel pertenece al Marqués de Vivanco y es un grupo de empresas que fundamentalmente se dedican a la actividad de telemárketing o Contact Center.
Tiene múltiples sociedades vinculadas para poder subvencionarse y obtener ayudas de distintos organismos públicos. Intenta utilizar una especie de disfraz humanitario en algunas de sus empresas, a pesar de ser sin duda la peor empresa del sector en condiciones laborales de su plantilla y de respeto a los derechos de los trabajadores y sus representantes.

Recordamos brevemente lo que se está viviendo actualmente en Valencia entre CGT y esta sociedad y que mañana 11 de noviembre empezará a dilucidarse en los tribunales.
Todo arranca de la legítima negativa de nuestras representantes del Comité de Marktel Teleservicios S.L. en Valencia en firmar la subsanación del convenio colectivo en abril de 2015 que requirió la Generalitat Valenciana para registrar y publicar dicho convenio colectivo.
La  oposición de nuestras representantes se basa en el contenido de un convenio colectivo de empresa con peores condiciones laborales que el convenio colectivo de sector. Por desgracia, esta técnica jurídica es habitual y familiar desde el cambio del esquema de la negociación colectiva con las sucesivas reformas laborales, especialmente la de 2012.
Como la empresa, pese a ser un convenio en todo caso extraestatutario (por la no firma del mismo por nuestras representantes), seguía aplicando el dañino convenio de empresa, iniciamos la vía jurídica para que se aplicara en la compañía el convenio colectivo de sector (contact center) con fecha del 16 de junio de 2015.
CGT, uno de los sindicatos con la condición de más representativo a nivel estatal en el sector de Contact Center, ha negociado todos los convenios sectoriales, quedándose, a nuestra opinión, lejos de un convenio colectivo que garantice plenamente unas buenas condiciones. No obstante este convenio colectivo, avalado por la patronal del sector, UGT y CCOO no le basta a Marktel que quiere otro infinitamente mas dañino  que establece una congelación salarial hasta el año 2018, recorta descansos, atenta contra la conciliación de la vida personal y laboral, recorta derechos sindicales y flexibiliza al máximo las condiciones laborales atentando gravemente contra los derechos de sus trabajadores.
La postura de CGT en Marktel, impidiendo que la estrategia empresarial saliera adelante, tuvo rápidas consecuencias. Inmediatamente después se desata la conducta antisindical del Grupo Marktel; produciéndose la sanción de nuestro representante unitario en Marktel Servicios Telefonicos S.A. Fran Tribaldos, y el despido de nuestra delegada en Marktel Teleservicios S.L. Josefa Vañó usando para ello un detective, con la posible violación de derechos fundamentales, entre otras actuaciones disuasorias de la movilización y acción sindical.
Esta represión sindical de Marktel no es nueva, dado que es una empresa explotadora que históricamente se ha caracterizado por la violación de los derechos de sus trabajadores y la eliminación de los representantes sindicales que le llevan la contraria. No solo han atacado a CGT, sino que históricamente han tenido problemas con todos los sindicatos que no han doblado la rodilla frente a los intereses de la empresa. Avalando nuestras tesis, adjuntamos a esta noticia escritos de UGT y de CCOO a este respecto.
Después de este primer apretón por parte de la empresa, viene la resolución de 30 de junio de 2015 de la Generalitat Valenciana que archiva definitivamente el Convenio Colectivo de empresa por la falta de firmas de nuestros representantes. Esta resolución de la Generalitat abrió la caja de los truenos contra CGT.
Es en este momento cuando se inicia todo el mecanismo para revocar a nuestros representantes tanto del Comité de Empresa de Martkel Servicios Telefonicos S.A. y Marktel Teleservicios S.L. Todo esto vino “aliñado” con la recurrente aparición de panfletos de una supuesta asociación de trabajadores de Marktel con unos términos ofensivos y claramente antisindicales. Esta es una de las conductas habituales de la empresa; la discriminación y el trato desigual: mientras que a nuestros representantes se nos niega el derecho a la acción sindical se consiente el reparto y difusión de estos pésimos panfletos.

Todo ello se enmarca en un clima de miedo y terror impuesto en la empresa con el objetivo de terminar con el sindicalismo de clase que en Marktel actualmente representa CGT.
A modo de ejemplo, aparte de la sanción y despido de los delegados de CGT, la empresa, a través de diversos subterfugios, ha impulsado una campaña contra los delegados de CGT que ha incluido insultos y descalificaciones en las redes sociales, amenazas personales a los trabajadores, e incluso una concentración frente a CGT organizada por la empresa, que facilitó permisos retribuidos a los trabajadores para que pudieran ir a protestar contra la CGT. Algunos de los trabajadores que se negaron a participar en esta concentración fueron sancionados con 3 meses de empleo y sueldo. Es imposible recopilar aquí todos los episodios de coacción contra los delegados y delegadas de CGT, que a pesar de todo siguen aguantando estoicamente frente a todas estas prácticas.
Esta situación no es el mejor marco de reflexión para celebrar asambleas revocatorias. Nuestras representantes de Marktel S.L. (donde tenemos la mayoría) defienden y acuerdan con el resto del comité presidir la asamblea revocatoria como la última competencia que les reconoce el Estatuto de los Trabajadores. Pues bien, el día de la votación la parte del Comité que no pertenece a CGT monta con las trabajadoras revocantes una mesa paralela con sus correspondientes integrantes. El resultado final de las mismas es que en la asamblea presidida por nuestras representantes sale el NO a la revocación y en la asamblea presidida por las revocantes, CSIF y los delegados que dicen representar a UGT, sale el SÍ a la revocación.
Es vergonzoso que los delegados de estas dos organizaciones sindicales se hayan dejado manipular por la empresa Marktel y hayan sido utilizadas como ariete contra CGT y, por ende, a favor del recorte de los derechos laborales. El apoyo del resto de miembros del Comité a la empresa es inequívoco. La semana después de esta asamblea revocatoria se registró por su parte un escrito para intentar avalar el Convenio Colectivo de Marktel e instaurar la precariedad más absoluta para los trabajadores de esta empresa en Valencia hasta el año 2019.
Tras la asamblea revocatoria, tal y como hemos dicho, se presenta la documentación de todo el proceso ante la Autoridad Laboral, dándonos la razón la Generalitat a CGT por cuento aquella entiende que se ha incumplido el acuerdo del comité de la totalidad de sus integrantes en el sentido de que nuestras representantes debían presidir la misma. Pues bien, la actuación de la empresa en el mismo marco de falta de prudencia y en claro abuso de derecho ha sido negar la condición de representantes a nuestras compañeras en todos sus derechos, desobedeciendo la resolución de la autoridad laboral. Aparte de la empresa, la complicidad de CSIF también aquí ha sido vergonzosa, ya que, a pesar de que la Generalitat Valenciana no ha dado por buena la asamblea revocatoria, este “sindicato” compinchado con la empresa ha actuado como si los delegados de CGT estuvieran revocados y han planteado un juicio que se celebrará el próximo 11 de noviembre tratando de anular la decisión de la Generalitat Valenciana. Los que dicen representar a UGT han actuado igual de mal, pero su sindicato se desvincula de estos sinvergüenzas. La propia UGT deja claro que estos sólo quieren beneficiar  a la empresa en el escrito adjunto a esta noticia.
En esta situación nos encontramos a la espera del juicio que se celebrará ante el Juzgado de lo Social 16 de Valencia por las demandas interpuestas por las revocantes y CSIF solicitando la anulación de la resolución de la Generalitat que nos dio la razón a CGT.
Lo que nos jugamos aquí es muy importante para todos, dado que, de salirle bien a Marktel la jugada, habría triunfado la represión sindical y, aprovechando la reforma laboral más retrógrada que se recuerda junto con represión sindical salvaje y una utilización amarillista de una parte de los trabajadores al estilo de los sindicatos verticales, se saldría con la suya de forma casi definitiva.

martes, 6 de octubre de 2015

#stopabusosmarktel



Marktel Manolete, si no sabes amenazar...

Como twitteé ayer, me ha llegado por e-mail un "cease and desist", que es la manera leguleya de decir "que te meto", o sea, de amenazar.

Hay una empresa, Marktel, a la que no le ha gustado el contenido de un post y han buscado un clavito al que agarrarse para redactar una... cosa con la que intentar achantarme. Exigen que borre el post y unos comentarios. El artículo tiene casi diez años (cómo pasa el tiempo) y es Datos personales. Os sugiero que lo leáis. Los comentarios no; los comentarios no se deben leer jamás. Y no intentéis dejar uno, que ya están cerrados.

¿Por qué le jode a Marktel ahora un post de hace diez años por el que nunca me han dicho nada? Pues posiblemente porque aparece el octavo al buscar Marktel en Google:



Pero vamos, que lleva así desde entonces. Será que por fin han contratado un community monger y lo ha comprobado.

Y como soy demasiado idiota para retirar un post del que ya nadie se acuerda y evitarme líos, y como soy lo suficientemente listo para consultar con un abogado, ahí va la respuesta del mío, redactada tras terminar de reírse:


Una vez revisado el post de título "Datos Personales" cuya URL es http://elteleoperador.blogspot.com.es/2005/06/datos-personales.html, debe tenerse en cuenta que en principio nada hay en el mismo o en los comentarios que exceda el límite de la libertad de expresión reconocido en el artículo 20, apartado 1 a) de la Constitución Española. Como bien debe conocer el departamento jurídico de Marktel, esta libertad ha sido caracterizada como el derecho a molestar y se configura según una muy reiterada jurisprudencia constitucional que se inició en la sentencia 85/1992, de 8 de junio de 1992, de la siguiente manera:
«De un lado procede señalar que, la libertad de información, ejercida previa comprobación responsable de la verosimilitud de lo informado y en asuntos de interés público, no sólo ampara criticas más o menos inofensivas e indiferentes, sino también aquellas otras que puedan molestar, inquietar, disgustar o desabrir el ánimo de la persona a la que se dirigen, siendo más amplios los límites permisibles de la crítica, cuando ésta se refiere a personas que por dedicarse a actividades políticas, están expuestas a un más riguroso control de sus actitudes y manifestaciones, que si se tratase de particulares sin proyección pública.» (FJ 4).
Si esta posibilidad de molestar mediante la palabra se inició para los casos de la libertad de información, se aplica constantemente para la libertad de expresión (STS 24-07-2012) y su límite es el del insulto.
Por último, ha de tenerse en cuenta que el ámbito del honor de la empresa Marktel es diferente del de las personas, según nuestro Tribunal Supremo (STS 20-02-2012):
«por lo que respecta al derecho al honor de las personas jurídicas […] sin embargo tampoco cabe valorar la intromisión con los mismos parámetros que cuando se trata de personas físicas, porque respecto de estas resaltan dos aspectos: el interno de la inmanencia o mismidad, que se refiere a la íntima convicción o sentimiento de dignidad de la propia persona, y el externo de la trascendencia que alude a la valoración social, es decir, a la reputación o fama reflejada en la consideración de los demás (SSTS de 14 de noviembre de 2.002, 6 de junio de 2.003), y cuando se trata de las personas jurídicas resulta difícil concebir el aspecto inmanente por lo que la problemática se centra en la apreciación del aspecto trascendente o exterior -consideración pública protegible- (SSTS de 15 de abril 1.992 y 27 de julio 1.998), que no cabe simplemente identificar con la reputación empresarial, comercial, o en general del mero prestigio con que se desarrolla la actividad (STS 19 de julio de 2006, RC n.o 2448/2002 y 21 de mayo de 2009, RC nº 2647/2004)»


http://newsimg.bbc.co.uk/media/images/41006000/jpg/_41006917_ei.jpgTotal, que me recomienda reírme mucho de la exigencia de que retire el post y eliminar los dos comentarios que sí contenían insultos. Ya están borrados; se colaron porque hace años se publicaban automáticamente, ahora los reviso antes. Y total, tenían nueve años y nombraban a personas que ya ni trabajarán ahí...

Pero por mi parte quiero añadir también algunas recomendaciones a Marktel:
  • Contraten a un abogado. Enviar las demandas desde "Área Desarrollo" queda cutrongo.
  • Si no contratan a uno, paguen al que le encargan esto, que enviar un requerimiento sin firmarlo ningún letrado queda muy cutrongo.
  • Si le piden a uno que les haga el favor, busquen uno que sepa quitar su nombre de los metadatos del pdf., que tener que buscar ahí quién es el autor, joder, ¡queda pero que muy cutrongo!
  • La próxima vez procuren pedirlo de buenas, que no es la primera vez que retiro un post donde me reía de alguien porque años después -y habiendo dado la vida muchas vueltas- temía que ese post le afectase en su vida laboral.
  • Antes de pretender que me importe un pijo el prestigio de su empresa, hablen ustedes con los chicos de CGT y CCOO. Si ellos están contentos es más probable que lo esté yo.
  • Y, sobre todo, cambien de community monger y busquen uno que sepa qué es un efecto Streisand.
Todos los Marktel de este post apuntan a ese post que os molesta, así que es posible que pronto lo veáis subir en las búsquedas de Google. Pero a mí dejadme en paz, que yo no manejo el algoritmo de Google.

Fuente: http://elteleoperador.blogspot.com.es/2015/04/marktel-manolete-si-no-sabes-amenazar.html